Wednesday, May 31, 2006

Algunas consideraciones sobre la LOCE


ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA LOCE.
Profesora Olimpia Riveros.
En 1980 se impuso una constitucion al pais. En 1981 se crearon las AFP y se hizo el traspaso de la educación a los municipios. Todo ello constituyo la base de la profundizacion capitalista en Chile. Luego vinieron las ISAPRES, y otras medidas, todas entorno a DESMANTELAR AL ESTADO de sus funciones, minimizarlo para dar paso a las privatizaciones.

En educación,la Constitución del 80, cambia el concepto de Estado responsable de garantizar el derecho a la educación, por un estado subsidiario, es decir, que no administra la educación y la traspasa en una primera etapa alos municipios para mas tarde cederla al mundo privado.

En el año 1990, 11 de marzo, Pinochet como ley de amarre promulga la ley nº 18.962, Ley Organica Constitucional de Enseñanza, donde ratifica el camino señalado en la Constitución del 80.

Esta ley, hoy dia puesta acertadamente en el tapete debe ser derogada y remplazada por una ley organica porque:

1.- La LOCE nivela para abajo la educación al fijar criterios mínimos para la enseñanza básica y media. Habla de objetivos fundamentales y contenidos minimos. Ya hay ahí una explicación de la baja calidad de la educación.

2.- Señala que “corresponde preferentemente a los padres de familia el derecho y el deber de educar a sus hijos”. Y sobre a base de la “libertad de enseñanza” consagra a la educación como una mercancía que se compra en el mercado, suponiendo que las familias puedan escoger los establecimientos.

3.- Consagra la selectividad del sistema, instalando procesos de selección.

4.- Al definir los requisistos minimos de enseñanza lo hace en funcion de mantener el “orden” establecido en dictadura, por tanto no se aspira a formar un ciudadano participativo ni crítico, si no que dócil y sumiso.

5.- La LOCE termina con un sistema nacional de educación al imponer que “los establecimientos tendran libertad para fijar planes y programas de estudio de la enseñanza basica y media” generando la actual segregación social actual con diferentes clases de educación.

6.-La LOCE abre paso a la privatizacion exigiendo a los nuevos establecimientos solamente que el sostenedor solicite la aprobación a la Secrearias regionales sin una definición exhaustiva de las exigencias para instalar nuevos establecimientos.

7.- Para la educación superior crea un organismo autonomo llamado Consejo Superior de Educación que esta formado por el Ministro de Educación, un academico de las universidades estatales, un academico de los institutos profesionales, dos representantes de las academias del Instituto de Chile(¿), un academico de la Corte Suprema de justicia, un académico del Consejo Superior de Ciencias y del Consejo Superior de desarrollo tecnologico.
Un academico designado por los comandantes en jefe de las FF.AA y el gral. Director de Carabineros.
Por tanto no estan ni los profesores, ni los estudiantes con sus organizaiones.

8.- Bajo el concepto de autonomia academica, economica y administrativa faculta para abrir, organizar y mantener establecimientos educacionales superiores pero no autoriza “para amparar ni fomentar acciones o conductas incompatibles con el orden juridico ni permite actividades orientadas a propagar, directa o indirectamente tendencia político partidista alguna”. Lo cual demuestra su afan de impedir el debate democratico de un pais expresado en la catedras universitarias.

Estas son algunas consideraciones que permiten fundamentar la necesidad de la derogación de la LOCE.

Para que el Estado asegure educación gratuita de calidad a todos y todas es imprescindible una nueva ley organica de la educación, garantizandola como un derecho humano fundamental.

Olimpia Riveros R.
Profesora.

29 de mayo del 2006.
Radio Nuevo Mundo de Iquique SOLO LA VERDAD

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